Una de las preguntas más habituales que nos plantean en el despacho cuando un empleado cambia de trabajo durante el ejercicio es, si como consecuencia de tener dos pagadores va a tener que pagar en la declaración de la renta.
Pues bien, la respuesta correcta a esta cuestión es, no tiene por qué.
Así, cada empresa para la que trabajas durante un ejercicio fiscal te retiene conforme a los rendimientos del trabajo brutos que te va a abonar, teniendo siempre en cuenta las circunstancias personales y familiares que le hayas comunicado en el modelo 145.
Si cambias de trabajo durante el ejercicio, el nuevo pagador, realizará la misma operación que la primera empresa, es decir, calculará el porcentaje de retención a aplicar teniendo solo en cuenta los rendimientos del trabajo brutos que te va abonar en ese ejercicio y no, la totalidad de los rendimientos del trabajo que has generado en todo el año.
Por lo tanto, lo que genera que la declaración de la renta cuando hay más de un pagador tenga un resultado a pagar, no es el hecho de tener dos o más pagadores, si no que cada pagador solo tiene en cuenta los rendimientos del trabajo generados para él y no el cómputo global.
Lo que siempre os aconsejamos es calcular el porcentaje de retención para la totalidad de los rendimientos del trabajo anuales, y solicitar formalmente al segundo y/o tercer pagador, que apliquen un porcentaje más elevado.
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